La obligación de los comerciantes de registrar sus actos de comercio es una de las bases fundamentales del derecho comercial boliviano. El registro de los actos de comercio en el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) es un requisito indispensable para garantizar la seguridad jurídica y la transparencia en las relaciones comerciales.

En este sentido, uno de los actos de comercio más relevantes es el poder de representación legal. Todo comerciante debe tener la capacidad de actuar en representación de su empresa ante terceros, lo que conlleva la necesidad de otorgar poderes notariados que acrediten dicha capacidad. Sin embargo, es importante destacar que más allá de ser emitidos por notaría, estos poderes deben ser inscritos también en el Registro de Comercio para que tengan plena validez jurídica.

La jurisprudencia boliviana ha sido clara en establecer la obligatoriedad de inscribir en el Registro de Comercio todo poder notariado conferido por personas jurídicas de carácter comercial. En este sentido, el Auto Supremo 1121/2006-R de 8 de noviembre señala que “El Registro de Comercio es un registro público, lo que significa que los poderes deben inscribirse para surtir efectos frente a terceros, es decir, para que el apoderado tenga la capacidad de actuar en nombre de la sociedad frente a terceros, debe demostrar su representación acreditando su condición de apoderado mediante la inscripción del poder correspondiente en el Registro de Comercio“.

Asimismo, en la Sentencia Constitucional 0111/2012 de 24 de mayo, se establece que la inscripción en el Registro de Comercio de los poderes de representación es “un mecanismo para garantizar la transparencia en la actividad comercial, evitando la creación de empresas ficticias o la realización de actos contrarios a la ley“. 

Esta obligación de inscripción también se encuentra respaldada por el Código de Comercio boliviano, que en su artículo 54 establece que “Los poderes otorgados por las personas jurídicas para actuar en representación de ellas, deberán ser inscritos en el Registro de Comercio para surtir efectos frente a terceros“.

La falta de inscripción de los poderes de representación en el Registro de Comercio puede generar una serie de problemas y consecuencias legales para los comerciantes, entre los cuales destacan los siguientes:

Es importante tener en cuenta que estas sanciones no solo son económicas, sino que también pueden tener graves consecuencias legales y comerciales para la empresa. Por ejemplo, si una empresa no tiene sus actos de comercio registrados, puede ser incapaz de demostrar su capacidad legal para realizar ciertos negocios o transacciones, lo que puede dificultar la obtención de financiamiento o la negociación con proveedores y clientes.

En conclusión, la obligación de los comerciantes de registrar sus actos de comercio en el Registro de Comercio es una exigencia legal fundamental para poder operar en el mercado boliviano. El incumplimiento de esta obligación puede tener consecuencias graves tanto en términos económicos como legales, lo que hace que sea necesario que los comerciantes tomen las medidas necesarias para cumplir con su obligación de registro en el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio.

Escrito por: Mijail Boris Tovar Eyzaguirre